Julio Vasquez.

Radio Renacer

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viernes, 20 de septiembre de 2013

La inmadurez afectiva en el matrimonio canónico

Cuando un hombre y una mujer establecen una relación conyugal de forma solemne y sagrada, se parte del supuesto que ambos están dotados de cualidades humanas y espirituales que le ayudaran con éxito su nuevo estado de vida. Pasaron de solteros a casados, de pensar solo en sí mismo, para ahora pensar en las necesidades de tu pareja. Del “tú” pasaron abruptamente al “nosotros”. Tanto él como ella, después de la etapa del noviazgo han decidido libre y voluntariamente unir sus vidas para siempre.

Hemos de recordar que el matrimonio es una llamada que Dios hace al hombre, y una respuesta del hombre mismo. Es el modo que el Creador ha establecido para que se multiplique la raza humana. Los hijos serán fruto del amor fecundo de sus padres, no deben llegar al mundo- aunque de su suyo lleguen- de otro modo que no sea la decisión firme y responsable de fundar una familia.

Monedero, en su libro: Introducción a la Psicopatología, nos dice que La palabra afectividad, en términos generales, designa aquella función del psiquismo humano en la que se encuentran los fenómenos afectivos, cuyo despliegue en el hombre determina el llamado campo de “los afectos”. También la palabra connota la idea de aptitud de la persona para vivir y sentir afectos: pasiones, sentimientos, emociones, vivencias, estados de ánimo, alegrías, tristezas o angustia.

“Al hablar de inmadurez afectiva estamos diciendo que el sujeto en cuestión expresa una falta, padece de un retraso o disminución de la evolución y del desarrollo. Una inmadurez afectiva, por tanto, dejará su huella negativa sobre la madurez de la persona y causará problemas sobre todo en aquellas relaciones humanas más sensibles a la influencia de los afectos y de los sentimientos” (Panizo Orallo).

La madurez, en cuanto expresión de la libre volición del contrayente es, por tanto, también condición indispensable de la capacidad de la persona para contraer.Concordato. El consentimiento matrimonial es llamado en el ordenamiento canónico “acto de la voluntad” (canon 1057,1), quiere ello decir que la libre determinación de la voluntad ha de esencializar el consentimiento de los esposos.

La inmadurez propiamente implica algo más radical y profundo. Supone e implica que el contrayente, a causa de condicionamientos internos que se hacen irresistibles, no es capaz de autodeterminarse, actúa por inercia y llevado por unos impulsos irresistibles, condicionado al máximo hasta el punto de no tener verdadera voluntad ni por tanto consentimiento suficientemente deliberado.

Alguien ha dicho que, afectividad es la forma en la cual una persona se siente afectada por las peripecias e incidencias de su propia vida. Los hombres nos sentimos afectados por todas nuestras incidencias, y todo ello, puede determinar reacciones del ser que pueden alterar el curso de la conducta.

La inmadurez afectiva, en sí misma, puede disminuir o anular incluso las posibilidades de asumir con eficacia y de cumplir las obligaciones esenciales del matrimonio.

El que haya optado desde la fe por vivir esta vocación del matrimonio, debe conocerse así mismo. Conocer su propia historia familiar. Algunos trastornos vienen de la raíz familiar. Respondemos la presente de acuerdo a lo ha aprendido del pasado. Si alguien ha carecido de afectividad sana, bien porque creció fuera de ambiente familiar originario, bien porque sus padres se lo negaron, tiene un vacío afectivo, no resuelto; si el sujeto, no atina, no se percata de ese vacío, de esa carencia, al casarse no estará en capacidad para una convivencia conyugal sana.

Una conducta desequilibrada, agresiva, y desconfiada, es propio del sujeto inseguro, inmaduro, capaz de vociferar palabras hirientes, y de propinar daños psicológicos y físicos a su pareja, la que dice amar perdidamente.

Felipe de Js.