Julio Vasquez.

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martes, 7 de septiembre de 2010

LA JUSTICIA ES VISTA HOY COMO EL MECANISMO PARA MANTENER LA SOCIEDAD CON CIERTO ORDEN Y EQUILIBRIO


Li Misol.

El concepto de justicia, que indica como correcto y aceptado dar a cada uno lo que le corresponde o pertenece, surgió en la Grecia pre-cristiana de la mano de uno de los filósofos más relevantes del momento. Fue Platón en su obra La República quien hizo referencia a las denominadas Virtudes cardinales, que eran cuatro: la prudencia, la fortaleza, la templanza y, por supuesto, la justicia.

Según el filósofo, sólo quien fuera capaz de comprender esta última virtud podría conseguir las tres anteriores. La práctica de la justicia estaba relacionada con el precepto de que se debe dar al prójimo lo que es debido, con equidad respecto a los individuos y al bien común, y aunque algo de ese significado persiste, la justicia es vista hoy como el mecanismo para mantener la sociedad con cierto orden y equilibrio.

En la psicología
La psicóloga Ana Mirtha Vargas detalla que en psicología se ha determinado que a medida que el niño va creciendo, aprende a través de sus figuras parentales o el medio ambiente en que le rodea. “Conforme va madurando, va adquiriendo nuevos valores y no obstante, las ideas de que la justicia se va construyendo durante su infancia se pueden ir adaptando o no a los valores establecidos por la sociedad en que vive”, explica.

En este sentido, se contraponen dos teorías, la del desarrollo cognitivo de Jean Piaget, y la del “Desarrollo de la conciencia moral” de Kohlberg. Según la gráfica suministrada por la experta, es entre los 13 y los 18 años, en la etapa de la pubertad y adolescencia, que en el ser humano empieza a manifestarse la lógica formal y que se evidencian los principios morales autónomos.

LA JUSTICIA DENTRO DEL DERECHO
El abogado Jovanny Pimentel expresa que el término justicia, desde el derecho, fue definida por el jurista Ulpiano como: “La constante y perpetua voluntad de dar a cada uno su derecho”.

La justicia puede ser vista desde el punto de vista cultural, basándose en el consenso de los individuos de una sociedad sobre lo bueno y lo malo, lo que se debe y no se debe hacer con respecto a los demás; y desde el punto de vista formal, referido a las disposiciones escritas que son aplicadas por jueces y personal designado, buscando imparcialidad entorno a los miembros e instituciones y los conflictos en sus relaciones.

La complejidad en el tema de la justicia

La psicóloga Ana Mirtha Vargas comenta que, según estudios realizados por la universidad de Emory bajo la conducción de Sarah Brosnan, “hay posibilidades de que el sentido de justicia sea instintivo”, dice Vargas. El estudio reveló el sentimiento humano de justicia podría ser anterior a la evolución, e incluso que puede estar determinado en un 40 por ciento por los genes, “aunque la educación también influye”.

Sin embargo, en otro estudio publicado en la revista Science, los investigadores Knoch, Pascual-Leone, Meyer y Treyer identificaron la región del cerebro que juega el papel en el sentido de justicia, arrojando luz sobre cómo los seres humanos se favorecen unos a otros.

Religión y sociedad
No se puede dejar de hablar de la justicia social y la religiosa. “Creo que aunque tenemos influencias genéticas y nuestro concepto de justicia es de alguna forma instintivo, éste se va modelando a medidas que las sociedades van adquiriendo nuevos valores”, entiende Vargas.

Indica que los condicionamientos culturales son fundamentales en el concepto de justicia social y la forma en que se transforma.

Asímismo afirma que la filosofía y la religión han tocado el tema a través de los tiempos. El concepto de lo que es justo está matizado por la cultura, la visión de la divinidad y la religion. Jesús hablaba del amor como ley suprema y promovía la justicia, está el concepto de reencarnación o las leyes de causa y efecto, llamadas “karma” y la famosa Ley del Talión, con su “Ojo por ojo y diente por diente”.

Vargas refiere también la frase “No hagas a otros aquello que no quieres que te hagan”, que defendía Confucio. Sin estas ideas de lo que se debe y no hacer a otros, reinaría el caos.


LA SOLUCIÓN DE CONFLICTOS
Negociación: Procedimiento en el cual dos partes de un conflicto se formulan mutuamente propuestas de solución al problema.

Mediación: Procedimiento en el cual dos partes de un conflicto se reúnen con un tercero, ajeno e imparcial, que facilita la comunicación para delimitar el conlicto.

Conciliación: Las dos partes de un conflicto se reúnen con un tercero que facilita la comunicación y que formula propuestas de solución.

Arbitraje: Procedimiento en el cual un tercero, ajeno e imparcial que no actúa funciones de juez público y que ha sido nombrado o aceptado por las partes, resuelve un litigio.

Símbolo de lo justo
Cuando vemos la figura representativa de la justicia, ésta es siempre una mujer de ojos vendados, con la espada en una mano y la balanza en la otra.

Según afirma el abogado Jovanny Pimentel, el símbolo llega desde la Mitología.

Los orígenes están en Temis, la diosa de la Justicia en la mitología griega, asesora de Zeus en la Ilíada. “Ahora bien, en Roma, esta diosa fue integrada en el panteón romano bajo el nombre de Iusticia, y es aquí que obtiene sus atributos”.

El jurista explica que la Justicia tiene los ojos vendados para que sea ejercida sin mirar a quien va dirigida.

Trae la balanza para pesar las razones a favor y en contra y otorgar un fallo justo y “la espada es el arma simbólica con la que protege a la ley y la hace cumplir”, comenta Pimentel.

En el derecho
Cuando a una persona se le está cometiendo una injustica, o violando un derecho puede elevar su clamor al Estado y éste, a través del Poder Judicial, deberá intervenir y practicar justicia a ese ciudadano. Según comenta Pimentel, existen diversas instituciones para el manejo de la justicia en el país. Primero está el Derecho Común o Jurisdicción Ordinaria, donde están el juzgado de Primera Instancia y la Corte de Apelación, “que tienen que ver con todos aquellos asuntos no atribuidos por la ley a ningún otro tribunal”.

Por otra parte, los Tribunales de Excepción o Extraordinarios, como son el Juzgado de Paz, Tribunal de Tierra, Tribunales Laborales y los de Niños, Niñas y Adolescentes, conocen de asuntos que les son atribuidos expresamente por la ley. Pimentel refiere que los tribunales conocen dos grados de jurisdicción, excepto cuando la ley les atribuye poderes y facultades para conocer de un asunto en única instancia.

Sin mediación de la ley
Cuando hay un aumento excesivo en el número de procesos judiciales en un país debido, entre otros, a factores como el crecimiento de la población, la crisis económica, la complejidad de la vida social, u otros, obliga a una reformulación de la política judicial, buscando el establecimiento de nuevos mecanismos entre las partes para tratar los litigios.

“Los medios alternativos son procedimientos para que las personas puedan resolver sus controversias sin intervención jurisdiccional”. Son cuatro: negociación, mediación, conciliación y arbitraje.

Según Pimentel, éstos no tienen intervención de un juez público, “o al menos, su intervención no con facultades decisorias en el caso en cuestión”, concluye.

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