El Tribunal de la Ejecución de la Pena del Departamento Judicial de Santiago se reservó el fallo sobre la solicitud de variar la reclusión a prisión domiciliaria hecha por los abogados representantes del empresario Adriano Román para el 11 de septiembre. La defensa de Román argumentó razones de edad y de salud para solicitar la variación de la pena a su defendido, mientras que los representantes de Miguelina Llaverías alegaron que la edad y la salud no son obligatorias para un juez decidir la prisión domiciliaria, sino que el comportamiento del prevenido es condición determinante. Los abogados de Llaverías recordaron que Román mandó a matar desde la cárcel al jurista Jordi Veras, por lo que ese comportamiento le quita fuerza a la petición de prisión domiciliaria. La solicitud de cambio de prisión de intramuros al impetrante por domiciliaria ya le ha sido negada en dos oportunidades porque no se han encontrado presente los requisitos del artículo 342 del Código Procesal Penal y de la resolución 296-95.
Por Amable Grullon.