Ante la sugerencia en los medios de comunicación de que la reciente resolución expedida por el gobierno nacional para agilizar trámites de «cambio de sexo» en el registro civil, pueda ser utilizada para que dos hombres o dos mujeres se «casen» ante notaría, el superintendente de notariado y registro Jorge Enrique Vélez afirmó que los notarios pueden negarse a celebrar estas uniones. Esto originó que el Ministro de Justicia, Yesid Reyes, saliera a defender la burla a la definición de matrimonio, reconociendo el doble interés con la expedición de la resolución.
(Voto Católico Colombia) Jorge Enrique Vélez, superintendente de Notariado y Registro, confirmó que desde su despacho se emitió un concepto que le da vía libre a más de mil notarios del país para negarse a legalizar uniones de parejas homosexuales, en el caso en el que uno de sus miembros haya cambiado de sexo en el registro civil.
En diálogo con Caracol Radio, Vélez explica que «el notario debe en el ejercicio de control de legalidad, rechazar la solicitud de matrimonio de dos personas del mismo sexo, cuando observe que una de ellas hizo cambio de sexo en el registro civil, ya que la ley habla del matrimonio entre un hombre y una mujer».
Agrega , «el concepto es absolutamente claro, es que el decreto del Ministerio del Interior y de Justicia y del Gobierno, es un decreto para la dignidad de las personas que anteriormente había que hacerles unos exámenes para demostrar que si tenían o no cambio de sexo, aquí lo que se hizo fue facilitar bajo el juramento y bajo una escritura pública, pero el registro civil en su historial le mantendrá la información anterior, lo que significa que se demostrará que tenía anteriormente otro sexo, ya sea femenino o masculino y un notario cuando hace el estudio, el análisis para celebrar un matrimonio, tiene que estudiar integralmente la historia del registro civil de la persona».
Aunque Vélez indicó que los notarios son libres de interpretar este concepto, sí aclaró que sus decisiones podrían motivar futuras investigaciones. «Nosotros simplemente damos un concepto, ese concepto puede ser revisado o no revisado, pero es que en el registro civil siempre aparecerá lo que nosotros llamamos el historial del registro civil y en el registro civil va a aparecer que hubo cambio en el registro de sexo, razón por la cual el notario podrá hacer lo que él considere, pero puede ser susceptible de una investigación que nosotros tenemos que hacer posteriormente», explicó.
Tanto el Ministro de Justicia, como el presidente de la unión de notarios, Álvaro Rojas, rechazaron este concepto y afirmaron que basta con que en el registro civil aparezcan como un hombre y una mujer para que el notario proceda a celebrar el «matrimonio».
«Si en un matrimonio heterosexual el notario no exige a los contrayentes que se desnuden para verificar si son hombres o mujeres, se fía de lo que dice el Registro Civil, de ahora en adelante tiene que hacer lo mismo con estas personas. No tiene que exigir un examen físico para saber si los puede casar, sino verificar en el registro civil la condición de hombre y de mujer de los contrayentes», dijo el ministro Reyes Alvarado a CM&.
El ministro Reyes advirtió finalmente, que con el cambio de género en el registro civil, cuando un hombre pasa a ser mujer se originan todas las consecuencias legales como pensión y adopción.
Las declaraciones del ministro no merecen otro calificativo que el de cínicas, pues en ellas reconoce que la resolución que él mismo expidió da origen a una impostura, en la cual un hombre se «convierte» legalmente en mujer, aún sin que se haya sometido a ninguna clase de alteración fisiológica para aparentarlo. Cabe pensar si en la expedición de la resolución, negando explícitamente la necesidad de ninguna clase de verificación física, no se habría planeado ya la apertura de este burladero para abrir la puerta al «matrimonio» entre personas del mismo sexo, por vía administrativa.