Julio Vasquez.

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domingo, 28 de octubre de 2012

caso por asesinato en NYC

NUEVA YORK — La asistente del fiscal de Manhattan trató de desmentir ayer en la Corte Suprema la versión de que el modelo portugués Renato Seabra estaba demente cuando asesinó a su pareja en un hotel en 2011.

Maxine Rosenthal, la fiscal asistente encargada del caso contra Seabra, acusado de matar a su amante —el periodista portugués Carlos Castro— contrainterrogó al sicólogo Jeffrey Singor usando detalles del reporte médico de las dos veces que el acusado había estado bajo vigilancia por temor a un suicidio.

Seabra, de 23 años, volvió a ser ingresado en el hospital en dos ocasiones para ser vigilado por posible suicidio. La primera vez desde el 9 hasta el 24 de enero de 2011. El acusado de haber golpeado, asfixiado y castrado al periodista de 65 años, en una habitación del hotel Intercontinental, el 7 de enero, fue trasladado a la cárcel Rickers Island hasta el 9 de febrero, en que fue llevado nuevamente al hospital hasta el 14 del mismo mes.

Rosenthal usó minuciosamente la evidencia cronológica de las actividades de Seabra durante su permanencia en el hospital, que fue vigilada cada 15 minutos. El informe detalla desde que abría los ojos en la mañana hasta que dormía. "Jugó ajedrez, da$chinas", "entró a la biblioteca", "escribió", "Miró televisión", "estuvo en reunión de grupo", etc.

En notas del informe médico fue descrito como "calmado", pero según el $, su comportamiento cambiaba después que recibía visitas del doctor, la familia o alguno de los abogados, implicó Rosenthal.

El 18 de enero tuvo visita de la familia, según los documentos de la corte, al día siguiente —a las 10:30 a.m.— se bañó y salió a hacer ejercicio desnudo. El 23 tuvo visita del abogado y horas más tarde Seabra habría dicho: "Me quiero vestir como un héroe".

En otras ocasiones, después de visitas del abogado o familiares, hay notas que indican que el acusado decía que escuchaba voces, que hablaba con Jesús, que era un mensajero de Dios, que Castro representaba un monstruo y que la computadora y el televisor le mandaban mensajes.

Cuando le preguntaron por qué se había cortado las muñecas y se había puesto los testículos de Castro, el acusado respondió "Lo hice porque fue un instinto animal" para aumentar su poder y no por suicidarse.

"Es mentira, no está loco", dijo Karla Castro, sobrina de la víctima al terminar la audiencia en la Corte Suprema de Manhattan. "El (Seabra) es una persona ambiciosa, calculador, que sólo le gustaban las cosas buenas de marca. De loco no tiene nada, es muy inteligente".

La sobrina, quien estaba acompañada de la hermana del periodista, Amelia Castro y otra amiga, indicó que la versión de que el acusado había sido violado también era una mentira.

Los abogados representantes de Seabra dijeron al salir de la corte que, por orden del juez, no podían comentar acerca del caso, ni de la evidencia presentada. También dijo esto la asistente del fiscal.

Hoy continuará el juicio y se espera que el doctor termine su declaración y testifique un amigo de Castro.
 
POR: Gloria Medina / EDLP

martes, 23 de octubre de 2012

Paolo Gabriele cumplirá su pena de cárcel en la Gendarmería Vaticana a la espera de que el Papa le indulte

El ex mayordomo del Papa, Paolo Gabriele, cumplirá su condena de reclusión por un delito de «robo con agravantes» en la celda de la Gendarmería Vaticana, según ha confirmado el portavoz del Vaticano, el padre Federico Lombardi, tras publicarse la sentencia del Tribunal del Estado de la Ciudad del Vaticano. En el fallo se afirma que no existen pruebas de que el ex mayordomo haya actuado con ayuda de cómplices

(EP) El fallo condena a Paolo Gabriele a 18 meses de reclusión, pero estos comienzan a contar desde que fue recluido el pasado mes de mayo y no desde que se dicta sentencia, con lo que le quedaría poco más de un año por cumplir. El tribunal no aplicará los beneficios de suspensión condicional de la pena «vista la entidad de la condena».
La sentencia subraya que Paolo Gabriele comenzó a recopilar documentos a raíz del caso del actual nuncio en EEUU, Mons. Viganò y que, según su propio testimonio, hizo dos copias de cada documento, aunque se encontraron documentos originales y más copias en su apartamento.
La sentencia también señala que, pese a que Paolo Gabriele habló de «sugestión» en su declaración haciendo referencia a «influencia del ambiente en su actuación», no existen pruebas de que el ex mayordomo haya actuado con ayuda de cómplices. El fallo, comunicado el pasado 6 de octubre, fue dictaminado por un tribunal compuesto por el presidente, Giuseppe Dalla Torre, y los jueces Paolo Papanti-Pelletier y Venerando Marano.
Lombardi ha precisado que Paolo Gabriele tiene algunos días para presentar apelación y también ha reiterado que «es posible que el Papa conceda la gracia» pero que se desconoce todavía si ha decidido concederla. Además, ha señalado que el coste del proceso es de unos 1.000 euros. Finalmente, ha afirmado que el juicio contra el informático también implicado en el caso Claudio Sciarpelletti, comenzará el próximo 5 de noviembre.

jueves, 2 de septiembre de 2010

La Acción Privada

Es indudable que la puesta en vigencia del Nuevo Código Procesal Penal, trajo consigo un cambio en la estructura y conformación de los órganos encargados de la administración de justicia, por una parte hay jueces que han sido eliminados, pero al mismo tiempo tenemos la creación de nuevos jueces. Ha sido una nueva conformación u organización judicial penal, sin embargo no se quedó ahí, sino que también esto ha abarcado toda una transformación en los procedimientos ordinarios que conocimos y que manejábamos hasta el año 2004.

De acuerdo con la norma procesal penal vigente, la acción penal privada es la que ejerce la víctima directamente ante el tribunal, asumiendo a tales fines las funciones del Ministerio Público y dentro de los casos taxativamente enunciados por el Código Procesal Penal. El legislador ha dejado en manos de la víctima el derecho a perseguir al imputado en este tipo de acción de carácter penal, como una forma de que el Ministerio Público pueda atender asuntos de mayor importancia donde real y efectivamente se vean afectados bienes jurídicos indispensables y necesarios para la convivencia social.

Se trata de un determinado grupo de delitos que sólo podrán ser perseguidos jurisdiccionalmente por querella de la víctima u ofendido, su representante legal o sus herederos, debiendo preservar este procedimiento una serie de reglas y formalidades, también dispuestas por el nuevo ordenamiento procesal penal, ya que, como vimos en el desarrollo del presente trabajo, guarda ciertas modalidades especificas. Este procedimiento conlleva e desarrollo obligatorio de una fase conciliatoria, en caso de conciliación el proceso termina, en caso de no conciliar se conoce el juicio, el cual termina una sentencia.