Julio Vasquez.

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lunes, 1 de agosto de 2016

Dominicanos ilegales en EEUU que califiquen podrían beneficiarse con perdón migratorio

Miles de dominicanos que residen sin documentos (ilegales) en los Estados Unidos, se beneficiarán del nuevo perdón migratorio aprobado por la Agencia de Ciudadanía y Servicios de Inmigración (USCIS) y que entrará en vigencia a partir de este 29 de agosto de 2016.
El perdón, elimina el drástico castigo a los extranjeros que han entrado o que están ilegalmente en Estados Unidos, pero que tienen conyugues e hijos nacidos o no en el país, sean residentes legales o ciudadanos americanos, quienes podrán aplicar las peticiones de residencia.
En esa situación, hay cientos de criollos de ambos sexos, la mayoría de los cuales, llegaron con pasaportes “machetes”, o entraron desde Puerto Rico y las fronteras con México y Canadá.
El USCIS explicó en un comunicado que el castigo que exigía que un extranjero con ese estatus, aunque fuera esposo, esposa o hijo e hija de ciudadanos estadounidenses, tenían que salir de Estados Unidos por un período de 10 a 3 años, dependiendo del caso, ya no se les aplicará.
Activistas de los derechos migratorios en  diferentes estados, celebraron la decisión y dijeron que es un importante de avance en la solución del estatus migratorio de millones de indocumentados.
Ese castigo vino después que hace alrededor de diez años, los republicanos en control del congreso, eliminaron la sección I-45, con la que los indocumentados conyugues de estadounidenses pagaban una multa para someter sus peticiones, pero no tenían que irse a sus países den origen.
Las leyes de inmigración establecen que una persona que ha vivido ilegalmente en el país entre seis meses y un año recibe un castigo de tres años y, en el caso de una persona que lo ha hecho por más de un año, inmediatamente la penalidad se eleva a 10 años.
A partir de la vigencia de la nueva medida, los familiares inmediatos de los residentes legales, al solicitar este perdón, tendrán que regresar a sus países de origen y desde allí retomar el proceso de ajuste de estatus con una cita en el consulado de Estados Unidos. Pero ya no recibirán de ningún castigo.
Según las autoridades de inmigración, así se agilizará el proceso de ajuste migratorio.
Para cualificar a la exención provisional, los solicitantes deben establecer que sus cónyuges o padres ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales experimentarán dificultades extremas si los solicitantes no están autorizados a regresar a los Estados Unidos.
El comunicado enfatiza que los solicitantes no deben presentar el formulario I-601A, de petición de exención de presencia ilegal bajo las guías extendidas, antes del 29 de agosto de 2016, pues USCIS podría denegar su solicitud.
La norma fue publicada el viernes en el periódico Federal Register, diario donde se difunden todas las decisiones del gobierno  antes de que entren en vigencia.
Por Miguel Cruz Tejada