En ese sentido, instruyó a los miembros del Ministerio Publico para que identifiquen los locales donde se presume puedan estarse cometiendo el delito de discriminación y darle seguimiento a los mismos, mediante investigaciones periódicas.
Dijo que las normas contenidas en la resolución, cuya supervisión estará a cargo de la Unidad de Derechos Humanos de la Procuraduría, han sido elaboradas de conformidad con las disposiciones de la Constitución de la República Dominicana, la Convención Internacional sobre la Erradicación de Toda Forma de Discriminación Racial, la Ley Orgánica del Ministerio Publico, el Código Penal Dominicano, así como por los tratados internacionales vinculados a la materia objeto de regulación.
“Se presumirá la comisión sistemática de discriminación en los locales en que se identifique la presencia de letreros que expongan que se reservan el derecho de admisión de forma genérica y general, sin especificaciones o detalles en relación a las normas de etiqueta, por lo cual se les exhorta a los propietarios y administradores de restaurantes, bares, hoteles, discotecas y otros lugares de esparcimiento retirar dichos letreros”, indica el Procurador General en el documento emitido a tal efecto.
No obstante, dijo entender que los empresarios dueños de negocios de diversión, recreación o de expendio de comidas y/o bebidas, atendiendo a la naturaleza del lugar, tienen la prerrogativa de establecer reglas de vestimenta que consideren oportunas, de forma clara y visible, generales y no discriminatorias y que por tanto no violen los principios constitucionales señalados en la presente Resolución.
Se informó que para la implementación de la medida, se elaborará una comunicación dirigida a todo el personal del Ministerio Público, además de que se implementará una política de sistema de recepción de denuncias y persecución penal del delito de discriminación racial, con participación de las procuradurías fiscales de las diferentes jurisdicciones del país, entre otras.
Domínguez Brito dijo que la resolución entrará en vigencia de forma inmediata, a partir de su promulgación y comunicación de la misma a las autoridades correspondientes.