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domingo, 20 de noviembre de 2011

Castigar a la niñez viola los acuerdos internacionales



Por Milagros de Féliz
SANTIAGO, RD.- Recientemente se comenta que la Cámara de Diputados ha aprobado el aumento de las penas a niños, niñas y adolescentes en conflicto con la ley hasta por 15 años. Ha trascendido, además, que se pretende aumentar estas penas de esta manera a fin de castigar como adultos a niños, niñas y adolescentes. Acción Callejera expresa preocupación a este respecto.

Acción Callejera en Santiago.
Compartimos las preocupaciones existentes en la ciudadanía sobre el tema de la inseguridad y el clima de violencia, que van en aumento. Entendemos que toda sociedad tiene la facultad de responder al aumento de la inseguridad y la violencia.
Pero el respeto de la Constitución y las leyes no debe ser sacrificado en aras de responder a estos males, máxime cuando la inversión social en la República Dominicana nunca ha sido una prioridad de ninguna de las administraciones gubernamentales.
La Convención de los Derechos del Niño, acuerdo de la que es parte la República Dominicana, prohíbe castigar a los niños, niñas y adolescentes de la misma manera y con la misma severidad con que se castigaría a un adulto en iguales circunstancias. El artículo 40.3 de esa convención requiere de leyes, procedimientos y autoridades específicas a “niños” (menores de 18 años) que se alegue han violado las leyes penales.
La mención de procedimiento y leyes “específicas” a los niños, niñas y adolescentes requiere, entonces, que ellos y ellas sean tratados de manera distinta a los adultos: de manera “específica” a su condición y edad.
Así, por ejemplo, la misma convención dispone que los niños, niñas y adolescentes privados y privadas de libertad deben estar separados y separadas de los adultos (artículo 37.c). La edad del niño, niña o adolescente debe ser tomada en cuenta y el régimen que debe observarse respecto de ellos debe ser especial (artículo 40.1)
Este tratado versa a todas luces sobre Derechos Humanos. Y por tanto, como dice el artículo 74.3 de nuestra Constitución: “Los tratados, pactos y convenciones relativos a derechos humanos, suscritos y ratificados por el Estado dominicano, tienen jerarquía constitucional y son de aplicación directa e inmediata por los tribunales y demás órganos del Estado”.
Acción Callejera es del criterio que el castigo de niños, niñas y adolescentes en la misma forma y proporción que los adultos es violatorio a la Convención de los Derechos del Niño y a otros tratados vigentes a la fecha y que los mismos tienen rango constitucional. Por tanto, la ley que eventualmente disponga el castigo de niños, niñas y adolescentes de esta manera “subvierte el orden constitucional” y es “nula de pleno derecho”, conforme al artículo 73 de la Constitución.
Por eso de aprobarse definitivamente la modificación que se propone, dicha modificación sería inconstitucional.
A la población dominicana se le está creando la ilusión de que el aumento de las penas a niños, niñas y adolescentes solucionará los conflictos con las leyes penales de ellos. Toda nuestra clase dirigente es cómplice de esto: se beneficiarán al aparentar “mano dura” para evitar así la inversión en gasto social que necesitamos como país.
La modificación de la ley se escribirá sobre la piel de nuestros niños, niñas y adolescentes más vulnerables.
Reiteramos que el aumento de la pena no solucionará este problema debido a:* El actual Código para la Protección de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes aumentó el período de máximo de detención de niños, niñas y adolescentes a 5 años (anteriormente, 2 años), sin lograr frenar el problema de la delincuencia.
* Las instituciones que debían atender a niños, niñas y adolescentes durante esos cinco años o prevenir la comisión de infracciones, parte esencial de este Código, no han sido puestas en marcha debido a la ya citada insuficiencia del gasto social en la República Dominicana.
* Guatemala, Honduras y El Salvador y otros países de la región, han tratado de hacer lo mismo que se propone aquí ahora. En los tres casos, los resultados han sido contraproducentes.
* Los estudios de lugar señalan que la reincidencia de niños, niñas y adolescentes es mucho menor si se castigan de manera alternativa; si se castigan como adultos o si, una vez castigados, se hacinan en las cárceles sin ningún programa de prevención, los índices de reincidencia se disparan.
Esta nefasta propuesta debe ser combatida por todos los medios de derecho disponibles a ella, incluyendo incoar acciones de inconstitucionalidad y, en su momento, recurrir ante los organismos interamericanos y de la Organización de las Naciones Unidas para la protección de los Derechos Humanos.
Hacemos un llamado a la cordura y a la creación de políticas públicas en base a datos científicos, enfocadas a un fin específico. Esta modificación es un intento de ilusionar cómodamente, a la sociedad con una propuesta de solo encerrar en “almacenes humanos” a los menores y adolescentes conscientes de que los privan de su vida familiar, social e imposibilitan su desarrollo integral; todo por no priorizar la inversión que a ellos por derecho, les pertenece.Acción Callejera-Fundación Educativa, Inc