Julio Vásquez/ Nueva York.
Hace unos dias se hizo pública una demanda interpuesta por el empresario dominicano Felix Cabrera, quien se siente difamado e injuriado por la empresa Radiodifusores C por A, su propietario Bienvenido Rodríguez Durán, su director Wilfredo Soto Rodríguez (Willy Rodríguez), y los comentaristas Alvaro Arvelo hijo, Víctor Gómez Casanova, Julio Martínez Pozo y Máximo Ramón Eurípides Cabral Jiménez (Euri Cabral).
Cabrera afirma que ha sido difamado en el programa El Gobierno de la Mañana, al cuestionarse en el espacio, con duros calificativos y epítetos, el contrato de arrendamiento del hotel Montaña, de Jarabacoa, y la actividad comercial a la que él se dedica en Estados Unidos. Aunque la demanda depositada en Tribunal Supremo Estatal de Nueva York busca obtener la suma de US$40 millones por daños y perjuicios contra la Z-101 nosotros vamos a ver lo que nos dice el articulo 367 del Código Penal Dominicano:
Difamación es la alegación o imputación de un hecho, que ataca el honor o la consideración de la persona o del cuerpo al cual se imputa.
Se califica injuria, cualquiera expresión afrentosa, cualquiera invectiva o término de desprecio, que no encierre la imputación de un hecho preciso.
En ese mismo orden de ideas se refiere el Articulo 371 del mismo Código Penal Dominicano que establece que la difamación contra los particulares se castigará con prisión de seis días a tres meses y multa de cinco a veinticinco pesos. Tambien nuestra Constitución, se refiere en su Artículo 8, acápite 6, a la difamación e injuria, entre otras cosas relativas a la libre expresión y difusión del pensamiento, en los siguientes términos:
Toda persona podrá, sin sujeción a censura previa, emitir libremente su pensamiento mediante palabras escritas o por cualquier otro medio de expresión, gráfico u oral.
Cuando el pensamiento expresado sea atentatorio a la dignidad y a la moral de las personas, al orden público o a las buenas costumbres de la sociedad, se impondrán las sanciones dictadas por las leyes. En este caso el empresario y demandante ha escogido el escenario de una corte newyorquina para hacer valer sus derechos..
Nuestra humilde opinion es, que el señor Felix Cabrera ha utilizado el mejor recurso para limpiar su nombre ( Justicia), y de esa forma el nombre de todos los dominicanos que residimos en Estados Unidos, pues de manera errónea se piensa que todo el que logra hacer dinero es porque anda en malos pasos o en actividades ilicitas. Esta medida tambien viene a favorecer a todos los empresarios que han logrado abrazar fortunas como fruto por su trabajo. Los resultados de esta Demanda podrian convertir una Jurisprudencia que serviria de apoyo para aquellos empresarios que son estafados y acorralados por chantajistas que se protegen por un micrófono o un uniforme.
En República Dominicana se han dado casos de comunicadores que han ido a parar a la cárcel, debemos recordar cuando en Bani La Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Peravia condenó a 4 años de prisión , una multa de 1500 pesos y una indemnización de 500 mil pesos a Yovanny Reyes, por difamar e injuriar al periodista y abogado Erasmo Chalas Tejeda. La Jueza Orquis Celado González también condenó a Reyes al pago de la costa de oficio a favor del abogado de Efrain Arias Valdez, quien representó al periodista Chalas Tejeda.
Reyes difamó a Erasmo Chalas Tejeda a través de un periódico impreso llamado Factores Opuestos que publica en Baní, en la que acusa de cerebro electrizado, bufón, mendigo, traidor, colocándole además una caricatura burlesca en la publicación de su propiedad. La publicación se hizo el pasado 27 de marzo del 2010, en la página 3, cuya publicación circula en toda la provincia Peravia y la ciudad de Boston.
Nosotros estaremos muy pendientes del desarrollo de este juicio por entender que es un asunto importante que involucra a un miembro de nuestra comunidad. A pesar de que no lo conocemos en persona, pero si sabemos de sus aportes a la comarca que agrupa el mayor número de dominicanos en el extranjero.